Fallece tras dos años esperando la revisión del programa individual de atención
Una mujer dependiente de Xàtiva que solicitó en noviembre de 2022 que se revisase su situación de dependencia, al agravarse su enfermedad, murió el pasado mes de agosto sin que Servicios Sociales atendiera su petición
La conselleria reconoce la demora y lamenta que no se haya resuelto antes del fallecimiento, y el Síndic de Greuges reprocha la tardanza

El centro de día de enfermos de Alzheimer de Xàtiva, al que asistía la dependiente. / Perales Iborra
El retraso de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha resultado fatal para una mujer dependiente de Xàtiva, que ha fallecido sin que la administración autonómica haya atendido su petición de revisión del Programa Individual de Atención (PIA). La afectada fallecía el pasado 10 de agosto, tras casi dos años esperando la resolución de la conselleria sobre su situación de dependencia.
La dependiente, ya fallecida, solicitó en noviembre de 2022 la revisión de su situación de dependencia, al agravarse su enfermedad. Tenía reconocido, inicialmente un Grado 1 de dependencia, pero al empeorar su situación pidió a la conselleria que revisara su expediente para adaptar el grado a su nuevo estado. En julio de 2023 se le reconoció un Grado 3, el grado máximo, que califica a la persona a la que se reconoce con este tipo como gran dependiente, ya que son personas que necesitan ayuda para realizar actividades básicas del día a día, y precisan también de un apoyo continuo de otra persona debido a su pérdida de autonomía. A la mujer se le reconoció este Grado 3 como gran dependiente, pero no se le resolvió su nuevo programa individual de atención, que actualizara su caso a su nueva situación, modificando las prestaciones, en caso de ser necesario.
Ante la demora en atender su petición, la afectada acudió al Síndic de Greuges que, tras registrar su escrito el pasado mes de junio, requirió a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que le remitiera un informe sobre lo que denunciaba la mujer dependiente de Xàtiva. La conselleria respondió el 18 de julio pasado, enviando un informe al Síndic al que le exponía que se había aprobado la ampliación del PIA, el 3 de julio de 2024, reconociéndole a la dependiente el derecho al servicio de centro de día en el Centre de Dia Pérez-Bruschetti per a Malalts d’Alzheimer de Xàtiva, pero la conselleria reconocía que aún no se había resuelto la revisión del PIA y tampoco avanzaba una fecha para la resolución. La administración alegaba, para justificar el retraso, el elevado número de procedimientos de dependencia en tramitación.
El Síndic, que trasladó la información a la dependiente de Xàtiva, pidió a la conselleria que emitiera “de manera urgente” la correspondiente resolución del nuevo PIA, adecuándolo al nuevo grado reconocido, así como también que se reconocieran los efectos retroactivos correspondientes. A esta petición, la conselleria respondió aceptando las consideraciones del Síndic, pero manifestaba que no era posible ya revisar el programa individual de atención, ya que “hemos tenido conocimiento del fallecimiento de la persona interesada con fecha 10 de agosto de 2024”. La conselleria reconocía el retraso y expresaba que “lamenta profundamente que debido a una injusta demora no se hayan podido resolver esta solicitud antes del fallecimiento de la persona solicitante”. Pero la administración expone que los herederos de la fallecida pueden reclamar sus derechos. La falta de resolución a tiempo “no significa que se hayan perdido todos los derechos generados ni que los costes que haya ocasionado la demora queden sin resarcimiento, asegura, indicando que “para solicitar los derechos que pudieran corresponder a su causante, los herederos pueden informarse de la documentación a presentar” en la página web de la conselleria “o bien dirigirse a Servicios Sociales de su ayuntamiento o zona de cobertura donde les indicarán, igualmente, los trámites a realizar”.
El Síndic de Greuges, que acordado el cierre del expediente de la queja presentada por la afectada, después de su fallecimiento, reprocha a la conselleria su retraso en resolver los casos de dependencia. Ángel Luna, que expone que la conselleria ha colaborado con la institución respondiendo a los requerimientos efectuados, también pone de manifiesto que el fallecimiento de la persona dependiente impide ya la revisión del PIA y reprueba que ello “evidencia la demora con que la administración actúa en la tramitación de los expedientes de dependencia, pues superando los plazos previstos obliga, en estos casos, a los herederos a iniciar una nueva reclamación para satisfacer los derechos que no fueron hechos efectivos en vida de la persona dependiente”, lamenta el Síndic de Greuges.
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